Requisitos para Declarar un Hijo en República Dominicana

Cada vez que viene una vida, además de la emoción, son muchos los temas sobre los que se debe estar al tanto. A nivel legal son varios los trámites que hay que realizar. Por esa razón en este post te enseñaremos todo lo que necesitas saber acerca de los Requisitos para declarar un hijo en República Dominicana.

Requisitos para declarar un hijo en República Dominicana

¿Qué es una declaración de paternidad?

Siempre que alguien nace la ley exige que el o la recién nacido(a) sea registrado bajo una declaración jurada en tribunales de registro. Este es un documento de suma importancia ya que es a través de este proceso que la persona obtiene una identidad. Además de que solo así existe ante el Estado. Al firmar esta partida de nacimiento los padres del menor establecen una paternidad jurada. Le agrega legitimidad al procedimiento y certifica la existencia de un individuo.

Dada la importancia de este tema para cualquier persona, en este post se abordan diferentes aspectos. Todo lo que gira en torno a una declaración jurada de nacimiento. Es recomendable asesorarse sobre los tipos de declaraciones que existen y acerca de los requisitos para declarar un hijo en República Dominicana. Tener errores en los datos ofrecidos o negarse a formar parte de la partida como progenitor no solo acarrea inconvenientes legales. También es un largo proceso el que se debe transitar para poder enmendarlos.

Requisitos para Declarar a un Hijo en República Dominicana

Se debe resaltar el hecho de que todos los recaudos que se deben entregar van a variar según el tipo de declaración que se esté haciendo. Este es un trámite que se puede presentar en diferentes circunstancias, por ende hay diferentes modalidades que se pueden adaptar a distintas situaciones. Hay varios factores que juegan un papel importante.

Uno de ellos es la persona que desea realizar la declaración. Esta puede ser llevada a cabo por la madre, el padre, solamente, o ambos. Justamente, por todos los factores y cuestiones que intervienen al momento de ejecutar este trámite, te presentaremos todos los tipos de declaraciones. Cada modalidad acompañada respectivamente con su serie de Requisitos para declarar un hijo en República Dominicana.

Tipos de Declaraciones

Como ya se mencionó previamente en este post, según el tipo de declaración que se va a realizar, serán los requisitos que se exigen para poder proceder con el documento. Puede depender de la persona, o personas, que están ejecutando esta solicitud referente a un infante. El objetivo de esta sección es aclarar en qué consiste cada uno de los tipos de declaración que existe y cuáles son los requisitos necesarios.

Requisitos para declarar un hijo en República Dominicana

Se debe resaltar que es obligatorio en cada caso presentar todos los recaudos que se nombran a continuación. Además, estos deben encontrarse en buen estado para su debido procesamiento y revisión. Una vez hecha esta advertencia, se puede proceder a brindar la información que se requiere para conocer tal proceso y sus variaciones.

Declaración hecha por ambos padres del niño, casados

Aquellos quienes acaban de tener un hijo y se encuentran en matrimonio ante la ley deben presentar los siguientes requisitos:

Lo primero es que quienes son ciudadanos naturalizados de República Dominicana deben entregar una copia legible de la cédula de identidad electoral, acompañada de la original. Esto aplica tanto para la madre como para el padre. Si el caso es que son extranjeros, deben presentar el pasaporte. También se incluye el certificado de nacimiento del hospital o de la clínica. Esto es para prevenir que se trate de un recién nacido secuestrado o que el proceso no se haya llevado como es debido.

Sumado a los documentos mencionados, se debe agregar el acta de matrimonio. Esta debe encontrarse certificada y actualizada, aparte de en buen estado. La ley estipula, desde el 18 de mayo del 2007, que deben registrarse a los nacidos en un libro que es exclusivamente para los hijos de madres extranjeras. Esto aplica solo para quienes tengan padres de afuera o la madre. El progenitor masculino no se toma en cuenta en este aspecto.

Se debe resaltar el hecho de que este registro se debe realizar previo a llevar a cabo el proceso de la presentación del documento que corresponde a la identidad o pasaporte. En los casos en que alguno de los padres ha fallecido, se debe entregar el acta de defunción como forma de certificar que lo que se expone es cierto. Es totalmente obligatorio ya que las situaciones en que ante conflictos entre la pareja se miente acerca de la muerte de este.

Declaración del niño por parte de la madre

En los casos en que únicamente la madre va a presentar al hijo esta debe de presentar su cédula de identidad electoral. Si resulta que es una ciudadana extranjera, debe entregar su pasaporte. Sumado a estos documentos, se debe adjuntar el certificado de nacimiento del hospital o la clínica en el cual nació el menor de edad. Si el padre no se encuentra presente por fallecimiento debe suministrarles a las autoridades el acta de defunción.

Declaración del niño por parte del padre

Cuando es únicamente el padre quien presenta al menor, independientemente de las circunstancias, este debe entregar su cédula de identidad electoral. Si el caso es que el progenitor es un ciudadano extranjero, este debe presentar su pasaporte. Además, se debe presentar la cédula de identidad electoral de la madre, de ser posible. Si es extranjera, es el pasaporte el documento que se debe consignar. Sumado a lo mencionado, se debe adjuntar la certificación del hospital o de la clínica donde nació el niño o niña.

Declaración de un hijo de dominicanos nacido en el extranjero

Es bastante usual que ciudadanos dominicanos tengan hijos fuera del territorio. Esto ocurre debido a la cantidad de migrantes. En estos casos los padres de la criatura, lo primero que deben hacer es descargar un formulario 0103 de “Declaración de Nacimiento”. Este puede encontrarse en el sitio web del consulado de República Bolivariana. Una vez se haya descargado dicha planilla se debe proceder a llenarla a mano. Las sedes del Estado de esta nación que están en el extranjero se encargan de realizar estos procesos.

El objetivo final de esto es que se pueda realizar todos los procedimientos de gestión y función de los documentos que son de gran importancia. Esto también aplica para los servicios. Según la Constitución de la nación dominicana, se estipula que toda persona que sea hija de un ciudadano dominicano y que haya nacido en territorio extranjero, igualmente se le otorga la ciudadanía del país caribeño.

Tal condición solo se activa cuando los padres de la criatura se dirigen al territorio dominicano para realizar el registro al nacer. Se toma en cuenta también a las embajadas y consulados que se encuentran fuera de la isla. El trámite de registro se debe empezar en las oficinas consulares de República Dominicana. Hay que resaltar que existen unas restricciones, las cuales se indican en la normativa en vigencia de la nación.

Declaración de un hijo en el extranjero

La característica primordial que se debe resaltar en este caso, es que al menos uno de los progenitores sea dominicano. Una vez aclarado ese punto se debe mencionar que ambos padres deben dirigirse a la oficina consular del país. Ahí debe hacerse la declaración ante las autoridades de República Dominicana. Es obligatorio que el menor en cuestión asista de manera presencial al evento. Posterior a que se hayan entendido los tres pasos descritos, hay que asegurarse de recolectar los siguientes requisitos:

  • Pasaporte Dominicano de ambos padres.
  • Acta de nacimiento de los dos progenitores.
  • Cédula de identidad electoral tanto de la madre como del padre.
  • El acta de matrimonio, en el caso que los padres estén casados.

Junto a los documentos mencionados se debe agregar una foto del menor, la cual tiene que haber sido tomada recientemente. Se estipula que debe tener un tamaño de 4cm x 5cm. El fondo tiene que ser obligatoriamente. Además, se exige que haya sido tomada de frente, sin pendientes ni accesorios. La niña o niño en cuestión no debe salir haciendo ningún tipo de muecas, ni sonriendo. Asimismo, es imprescindible que de tener el cabello largo, se les recoja para la fotografía.

Además de la foto, junto a los requisitos para declarar un hijo en República Dominicana, hay que adjuntar el certificado de nacimiento. Este debe haber sido expedido por la oficialía extranjera civil. Antes de entregarla, tiene que legalizarse. Si fue escrita en otro idioma, se exige que se traduzca al idioma español correctamente. Finalmente, se les pide a los padres que lleven un testigo a la ceremonia legal de declaración del menor.

¿Cómo Declarar a un Hijo en República Dominicana?

Ahora que ya se ha explicado cuales son los Requisitos para declarar un hijo en República Dominicana, según cada caso, se puede avanzar para explicar cómo es el proceso. Se debe tener en cuenta que una vez que haya nacido el infante se debe acudir, inmediatamente, a declarar al recién nacido. De esta manera se puede tener constancia de la existencia de este. Esperar demasiado tiempo puede complicar las cosas más sencillas, como llevar al pediatra al bebé.

Se debe resaltar que solo siendo declarado es que se tomará en cuenta al bebé como ciudadano de República Dominicana y se podrá realizar los trámites para ello. Los casos que se presenten en regiones urbanas, todo el procedimiento se debe hacer dentro de 60 días. Para los que se gestionan en regiones rurales, se establece un lapso de 90 días. Estos días se empiezan a contar a partir del nacimiento del niño o niña.

Al nacer la persona, el hospital o clínica en que se dio el nacimiento está en la obligación de emitir un certificado de nacimiento. En dicho documento deben aparecer los datos respectivamente del nacimiento del menor. De igual manera, el domicilio del lugar. Esta información se considera de gran importancia, por lo que se recomienda a los padres asegurarse de que todo aparece de la manera que se supone. Una vez obtenido todos los recaudos, además del certificado, se debe asistir a la oficialía del Estado Civil más cercana. Allí podrá gestionar la declaración.

Declarar un Hijo Mayor de Edad

Ya se ha mencionado en este artículo que la declaración de un niño debe hacerse lo más pronto posible, dada su importancia. No obstante, existen padres que deciden realizar este trámite después de que la criatura ha cumplido cierta edad. A este proceso se le denomina como declaración tardía. Este tipo de declaración exige una serie de requisitos distintos a los que se piden en el procedimiento regular. Estos deben conseguirse y entregarse como es debido.

Estos requisitos son una lista de documentos de tipo legal, de los cuales varios ya se han hablado previamente en el post. Dado que esta es una situación algo irregular, es necesario que el hijo, ya siendo mayor, redacte una autorización. Mediante esta les permite a sus padres realizar tal declaración. Además, afirma aceptar el reconocimiento legal. A continuación, te presentamos toda la información que necesitarás para este proceso.

Requisitos para la declaración tardía de un niño

Según la Ley 659, específicamente en los artículos 40 y 41, la declaración tardía se considera cuando han pasado más de 60 días de nacido del niño. Se debe resaltar que este plazo de temporalidad es para las zonas urbanas. Para las rurales se agregan 30 días más, para otorgar un total de 90 días. Según cada caso se exigen distintos recaudos. En este post sobre los requisitos para declarar un hijo en República Dominicana, también los incluimos

Requisitos para declarar a un hijo menor de 16 años

Lo primero que se debe consignar en este proceso es la cédula de identidad electoral de ambos padres. En el caso de no contar con la nacionalidad de República Dominicana, deberán entregar la cédula extranjera o el pasaporte. Asimismo, se debe adjuntar el certificado de la clínica u hospital donde haya nacido el menor. Para finalizar se debe agregar el acta de matrimonio, en el caso de que los progenitores estén casados.

Requisitos para declarar a un hijo mayor de 16 años

Para empezar, se debe presentar una constancia de nacimiento del menor. Tal documento debe haber sido entregado por el hospital, clínica, partera, alcalde pedáneo o médico. Cualquiera de esos es válido. Luego, el progenitor en cuestión tendrá que entregar una copia de la cédula de identidad electoral de ambos padres. Asimismo, en caso de que alguno de estos haya muerto, entregar un acta de defunción. Si estos se encuentran casados, se debe presentar el acta de matrimonio.

Requisitos para declarar un hijo en República Dominicana

Aparte de los documentos mencionados se debe adjuntar una certificación de no inscripción de las oficialías del municipio o Distrito Municipal. Esta debe de ser del lugar donde haya nacido la persona que se va a registrar. De igual manera hay que sumarle una constancia de bautizo. En último lugar se exige que se entreguen dos fotografías de la persona a inscribir. Se estipula que cumpla con unas medidas de 2×2 cm. Tales recaudos se tienen que entregar en la Oficialía del Estado Civil únicamente por los padres del niño.

Preguntas Frecuentes

Dado que es un proceso que involucra muchas cosas es bastante probable que surjan dudas al respecto. En esta sección de preguntas frecuentes nos planteamos responder a las preguntas más frecuentes, hechas por los usuarios.

¿Está establecido un límite de edad, para reconocer a un hijo biológico?

La ley de República Dominicana hasta ahora no ha establecido una edad límite para reconocer a un hijo biológico. Se debe a que es un proceso que se puede realizar a cualquier edad. Es fundamental que el progenitor que lo está llevando a cabo debe estar en pleno uso de todas sus facultades mentales.

¿Si un padre biológico falleció, cómo se puede obtener su reconocimiento?

Hay dos respuestas para esta pregunta. La primera opción es a través del sistema judicial. La siguiente es si alguno de los abuelos que se encuentra con vida haga el reconocimiento de paternidad. También se pueden usar pruebas de compatibilidad genética.

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