Entérate para qué Sirve el Formulario DTOP-DIS-261

Para hacer la acreditación o certificación de Identidad en Puerto Rico se debe llenar un formulario que se conoce como Formulario DTOP-DIS-261, es una tarjeta que le sirve a sus ciudadanos identificarse para cualquier tipo de trámite administrativo o legal, si usted no conoce el mismo en este artículo le vamos a decir cómo se procede para llenarlo y obtener su identificación legal.

Formulario DTOP-DIS-261

Formulario DTOP-DIS-261

Este formulario es una de los mejores documentos que puede tener para establecer su identificación personal que también se conoce como Real ID. Con este documento es que usted puede conocer cuáles son los certificados que se aceptan legalmente por las leyes de Puerto Rico para que se valide su identificación como persona, previa presentación de los requisitos que puedan ser solicitados.

La finalidad de este formulario es que se sea usado como una referencia cuando se requiera hacer algún otro trámite, en ella se pueden visualizar todos los datos personales. El formato cumple con requisitos de seguridad y está determinado por la entidad que lo emite. Por tanto es un derecho de todo ciudadano hacer la solicitud de la misma y un deber del estado otorgarla.

En Puerto Rico esta tarjeta es única y personalizada y debe ser tramitada por toda persona mayor de 16 años de edad que no tengan una licencia de conducción, por lo que es aceptada por cualquier institución pública o privada para hacer cualquier tipo de trámite o procedimiento administrativo y que se pida la identificación de la persona.

¿Qué se necesita para solicitarla?

Si la persona no tiene una licencia de conducir puede hacer el trámite de la tarjeta de identificación, siempre que tenga 16 años o más. No puede tener una licencia de conducción en Puerto Rico y en caso de tenerla debe hacer la renuncia formal a la misma. Después debe proceder a llenar el Formulario DTOP-DIS-137 o “Solicitud de tarjeta de Identificación para Personas de 16 años o más”.

En el caso de tener 16 años debe estar un representante legal (madre o padre) para que presente el certificado de nacimiento y certificado de patria potestad ante el funcionario autorizado o notario público. Este también debe tener un documento en donde indique que es el tutor legal del menor y conocer cuál es su número de seguridad social.

Formulario DTOP-DIS-261-3

Debe presentar uno de los siguientes documentos en original: tarjeta de Seguro Social sin laminar (no puede estar forrada), Forma W-2, Wage and Tax Statement”, Forma SSA-1099, Social Security Benefit Statement”, Talonario de Pago donde se demuestre el número de seguro social y datos de la persona que hace la solicitud de acuerdo a los procedimientos establecidos en la Ley Federal de Identificación Real de 2005, identificación de la US Military Identification Card”, copia de la Planilla Estatal o Federal.

El Solicitante debe demostrar cuál es su fecha real de nacimiento, y asistir de manera presencial con su pasaporte vigente de Estados Unidos. El certificado de nacimiento debe estar con el formato actualizado de Registro Demográfico o Formulario DTOP-DIS-259, si la persona nació en Puerto Rico está exento de presentar este formulario. Es recomendable que pueda llevar un documento que pueda acreditar su identidad y que esta tenga una fotografía, como un carnet de estudiante.

Debe llevar tres fotografías en tamaño de 2 x 2 centímetros, en donde debe estar de frente, con el fondo blanco, sin ningún tipo de elemento decorativo en el cabello, no puede usar lentes, o gorras, sin uniformes. Puede que el organismo emisor le haga la solicitud el Certificado de la Administración para el Sustento de Menores, si se encuentra viviendo con sus padres y depende de ellos.

En caso de personas extranjeras que deseen esta identificación tienen que demostrar que reside de manera permanente y legal en Estados Unidos al momento de hacer la solicitud de la licencia. Este documento debe ser sellado por Rentas Internas y hacer la cancelación del costo de la misma que actualmente es de veinte dólares. Se puede colocar el sello de rentas de valor de 1 dólar en caso que se cumpla con la Ley número 296.

De igual manera debe tener un documento que acredite la dirección de domicilio como un recibo de pago de servicio público o llevar el formulario DTOP-DIS-262 de “Dirección Permanente del Solicitante”. Si el recibo o comprobante de domicilio se encuentra a nombre de otra persona que no sea el solicitante, debe hacerse la autorización por medio del formulario DTOP-DIS-156 y llevar una copia del documento de identidad del dueño de la residencia.

Formulario DTOP-DIS-261-3

El formulario DTOP-DIS-156 es una certificación de la residencia principal con el cual una persona puede asegurar que esta residiendo en una de las comunidades de Puerto Rico, porque la misa señala no solo el nombre de la persona dueña de la residencia sino también su dirección exacta, calle y urbanización.

Si la persona que quiere hacer esta certificatorio es extranjera debe acudir necesariamente a una de las oficinas del Departamento de Transportación y Obras Públicas, quién le indicará cual es requisito necesario y el procedimiento adecuado para hacer su solicitud. Esta persona quien sea el propietario de la residencia debe ser localizada por vía telefónica para acreditarla dirección y el documento que está a su nombre.

Quien esté haciendo la solicitud entonces deberá hacer una declaración jurada ante un funcionario autorizado o notario público con el formato DTOP-DIS-263 para certificar la dirección de la residencia.

Acreditación de Identidad con Fotografía

Cuando se hace la acreditación con documento que tenga fotografía debe llevar una serie de requisitos para que puedan ser aceptados, estos deben tener el nombre completo del solicitante y la fecha en que nació, estos documentos que debe presentar son:

  • Pasaporte de Estados Unidos en buen estado y que se encuentre vigente.
  • Certificado de Nacimiento de acuerdo al registro demográfico vigente. Si este se encuentra en un idioma que no sea inglés o español debe tener su debida traducción y estar certificado por el Consulado o el Departamento de Estado.
  • Reporte Consular o del Departamento de Estado federal (“U.S. Department of State”) que indique si la persona nació fuera de Puerto Rico.
  • Tarjeta de residencia permanente vigente emitida por el Departamento de Seguridad Nacional (“Department of Homeland Security”, DHS).
  • Autorización para trabajar (Employment Authorization Document”, EAD),  emitida por el Departamento de Seguridad Nacional.

Si es extranjero el pasaporte debe estar vigente y con visa aprobada para Estados Unidos. Su pasaporte de extranjero debe estar junto con el documento de aprobación de la forma I-94, “Unexpired Foreign Passport” (Pasaporte Extranjero Vigente con Registro de Entrada y Salida Vigente) expedido por el Departamento de Seguridad Nacional.

También debe consignar el Certificado de naturalización del Departamento de Seguridad Nacional en los formatos N-550 o N-570, el Certificado de ciudadanía en formatos N-560 o N-561 y la Licencia de conducir o tarjeta de identificación de Puerto Rico o cualquier otra que tenga jurisdicción en Estados Unidos.

¿Por qué es necesario este formulario?

Son necesarios para acreditarla identificación de una persona sobre todo cuando no tienen ningún documento con fotografía y que pueda presentar problemas en sus solicitudes legales. Este formato le puede servir para hacer la solicitud de cheques y préstamos bancarios, tarjetas de crédito y efectuar operaciones en el Correo federal o la USPS, así como también comprar o alquilar una propiedad.

Renovación del DTOP-DIS-261

Este formato tiene una validez de seis años desde el momento de su emisión y debe ser renovada después de este tiempo. Para hacer este proceso se deben seguir los parámetros legales llenando el formato nuevamente. Para la renovación se debe comenzar con el procedimiento 60 días antes de la fecha de vencimiento del documento.

Debe hacer entrega de la tarjeta actual, si usted por alguna razón la perdió debe hacer la solicitud llevando una declaración jurada con el sello de Rentas Internas y pagar la multa administrativa y la certificación del CESCO en caso que el organismo emisor lo demande. Si al perder la tarjeta,  la misma ya estaba vencida no es necesario que haga la declaración jurada. Las personas que tienen más de 65 años de edad pueden hacer uso de ella en cualquier momento porque la tarjeta en su caso no tiene fecha de vencimiento por ser adultos mayores.

¿Dónde entregar los documentos?

Todos los documentos para el Formulario DTOP-DIS-261 se deben entregar en el Departamento de Transportación y Obras Públicas, que se encuentre cerca de su domicilio, cabe destacar que deben ser entregados en las manos de los funcionarios encargados.  Este trámite está legalizado en la Ley Número 252-2008 que se conoce como “Ley de Tránsito de Puerto Rico”.

Estas tarjetas se emiten en un orden correlativo que solo es realizado por este ente, el cual es el que tiene la facultad de otorgarlo y se encuentra aprobado por la Secretaría del Departamento de Transportación y Obras Públicas. Para cualquier información puede dirigirse a:

Dirección de Centro Gubernamental de Millas: Minillas Estación, San Juan, Puerto Rico, Edificio Sur, Piso 17, Avenida de Diego Santurce. Teléfono (787) 722 2929, Fax (787) 725 1620. Horario de atención de lunes a viernes desde las 8 de la mañana hasta las 4 de la tarde.

Cuando la persona que tiene esta tarjeta de identificación quiera hacer la solicitud de una licencia o permiso para conducir vehículos luego de su emisión, debe hacer la entrega de la tarjeta para su anulación.

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