El Fondo de Pensiones Públicas o FOPEP, como se le conoce en Colombia, es un sistema donde todos los pensionados de la administración pública hacen el cobro de sus pensiones, si usted pertenece al mismo pero desconoce muchas cosas sobre este sistema, en este artículo se las vamos a decir de una manera muy sencilla.
FOPEP
El programa Fopep de los pensionados está constituido por un grupo de consorcios: Fiduprevisora, Fiducoldex, Fiducolombia y Fiduagraria. Todos están supervisados por el Ministerio de Protección Social Colombiano. El Fondo de Pensiones Públicas es responsable en todo lo que concierne a las cancelaciones de los montos de las pensiones de vejez, invalidez, sustitución o sobrevivientes.
El Fopep quedó establecido en el artículo 130 de la Ley 100 del año 1993, en donde se crea una cuenta especial para que se hagan los pagos de dichos beneficios sociales, pero ésta debía ser en una cuenta de fideicomiso que cubriera todo el sector público. Esta cuenta no tiene carácter jurídico sino que es un implemento de pago de las pensiones de jubilación, invalidez o sustituciones.
Una de sus finalidades es que todos los pensionados puedan conseguir información referente a sus pensiones y por eso ha dispuesto de una línea de servicios que se pueden usar de manera presencial en las oficinas o a través del sistema en línea, este último sin necesidad de salir de casa.
Para que todos los integrantes del fondo estuvieran informados de cuál es el calendario de pago de las pensiones, anualmente se difunde el mismo con las fechas ya pautadas para hacer las cancelaciones. Este calendario está estructurado en dos semestres o periodos administrativos.
Mediante el Contrato de Encargo Fiduciario N° 483 del 23 de octubre de 2019, el Ministerio del Trabajo, determinó que todos los recursos de Fondo de pensiones públicas fuesen administrados por el Consorcio Fopep que está conformado por las Fiduciaria La Previsora S.A. y la Fiduciaria Bancolombia S.A.
Funciones del Consorcio FOPEP
Las principales funciones de este consorcio se determinan en una administración oportuna para conseguir mensualmente los recursos del fondo, además de hacer el control, seguimiento y análisis de la proveniencia y destino de los mismos. En relación a esto ellos deben:
- Recibir todo los recursos financieros y efectuar los pagos correspondientes de pensiones de vejez o jubilación, invalidez, sustitución o sobrevivientes.
- Servir de garantía en la continuidad de todo el proceso operativo del fondo con los procedimientos vigentes, que no causen perturbación en su revisión o actualización en momento de cambios de normas o tecnología.
- Tener una administración oportunidad, segura, rentable y sobre todo con liquidez.
- Hacer la implementación de cualquier mecanismo de control que permita una transferencia de recursos que sea transparente, un proceso de nómina adecuado y el pago de las pensiones oportunas.
- Cumplir con toda la normativa y leyes que se dispongan en esta materia.
La visión del Consorcio Fopep es seguir siendo líder en el pago de las pensiones, y mantener su excelencia para prestar los servicios a sus beneficiarios, continuar generando valores para todas las fiduciarias que están dentro del consorcio, a fin de mantener el desarrollo profesional y personal de todos los trabajadores que hacen vida en ella.
Política de Calidad
La política de calidad de este consorcio se compromete a través de la prestación de servicios de liquidación y pago de nómina a todo el sector público siempre con eficiencia y efectividad, estas se reflejan en la innovación e integración de nuevas tecnologías que hacen que los procesos sean más ágiles y que las actividades puedan estructurarse y coordinarse con el equipo humano de trabajo.
Este equipo humano está totalmente calificado y tiene muchas competencias para ejercer sus funciones de manera transparente, con mejoramiento continuo de sus funciones, contratos y reglamentos de trabajo, que se traduzcan en una mejor atención y orientación de los beneficiarios del fondo, manteniendo la seguridad y confianza, aliadas con la nación colombiana.
Naturaleza Jurídica de Fopep
El único responsable de administrar el Fopep es el Estado Colombiano, quien se encarga de establecer los instrumentos y métodos para hacer todos los trámites de pagos de nóminas de pensiones, por eso se creó este consorcio, además de sustituir a la antigua Caja Nacional de Previsión. La naturaleza jurídica de este consorcio establece que este organismo está adscrito al Ministerio del Trabajo de Colombia.
Todo el dinero del fondo es administrado bajo la forma de fideicomisos, su Consejo Asesor está conformado por:
- Ministerio del Trabajo o su delegado
- Gerente de Fopep
- Representante de los pensionados que hay sido designado por el gremio.
- Ministerio de Hacienda, de Crédito Público o un delegado de cualquiera de estos dos organismos públicos.
Fopep en Línea
El consorcio tiene una plataforma en Internet mediante la cual pueden hacer cualquier tipo de consulta entre las que se encuentran:
Actualizar datos personales: cada pensionado puede acceder a la plataforma y cambiar hacer las actualizaciones de sus datos personales, tales como números de teléfono, cambios de residencia, correo electrónico, etc.
Calendario de pago: cada beneficiario puede buscar allí los calendarios y fechas de pago de pensiones.
Nuevos Ingresos: los usuarios pueden hacer la consulta de nuevas inclusiones en la nómina de pensionados, solo aportando el número de la cédula de la persona.
Tramitación de Certificados que ofrecen ingresos y retenciones: cualquier certificado que necesite un pensionado que indique el monto de la pensión que se le cancela, ingresos, cupones de pagos o retenciones puede ser verificado en este sistema en línea. Un beneficiario puede establecer una relación entre todos los ingresos y las retenciones que se han realizado y quién las deposita en un lapso de tiempo determinado.
Estos se pueden con seguir en el sistema en línea, con solo ingresar al sistema y buscar la opción de “Certificados y cupones”, rellenar los campos solicitados, y si ya está registrado solo coloca su identificación y contraseña para tener acceso a la documentación que necesita.
Cambio de pago: la plataforma dispone de información y métodos para cambiar de sitio y cobrar la pensión.
Consignar datos de la Certificación de la fe de vida: aquellas personas que no residan en Colombia deben hacer la consignación del reporte de constancia de supervivencia antes de los seis meses del último reporte, solo en caso de residir de manera permanente en otro país.
Solicitar cambio de EPS: el aporte de salud es obligatorio y este se puede tramitar a través de una solicitud de una EPS que se encuentra en la plataforma.
Cancelación a menores de edad: en caso que se tengan menores de edad cobrando pensión este debe tener una cuneta a su nombre en el banco para que le sean asignados los depósitos correspondientes.
Formas de cobrar pensiones a destiempo: todas las pensiones se deben cobrar en el día establecido por el calendario, pero de no poder hacerlo existen diversos mecanismos para que ésta se pueda cobrar después de la fecha programada.
Cancelar pensiones a nuevos beneficiarios: aportando datos clave, los nuevos pensionados pueden tener información del cobro de sus pensiones.
Información de difuntos: los familiares de un pensionado que haya fallecido pueden tener información oportuna para que no sufran de sanciones penales y administrativas, por eso deben hacer la notificación en la plataforma de la muerte del pensionado.
Cancelar a pensionados interdictos a través de Curadores: a los curadores se les puede dar información sobre el cobro de pensiones de aquellas personas que estén bajo interdicto o suspensión.
Todas las peticiones, quejas, reclamos, sugerencias y denuncias las pueden hacer en el sistema en línea a través de Radicar PQRSD, una herramienta que fue diseñada pensando en los beneficiarios para que puedan hacer sus reclamaciones rápidamente.
¿Cómo se realizan los Trámites en Línea?
Lo primero que debe tener es Internet y una cuenta de correo electrónico, después debe ingresar al portal web de Fopep, y luego verá que al lado derecho de la pantalla sale un link o banner con el servicio en línea. Debe hacer el Registro seleccionando la opción que dice “Quiero registrarme”, ingrese los datos que se le solicitarán sin cometer errores en la transcripción. Una vez que termine de clic en “Finalizar”.
Inmediatamente recibirá un correo electrónico en donde se le informa que se le ha activado un usuario y un enlace, debe abrir su correo y hacer clic en el enlace que le dejará ingresar al portal del Consorcio Fopep, coloque su número de identificación y sus datos completos. Debe crear una clave personal que debe memorizar o guardar en un sitio seguro y después ratifique la misma, después haga clic en “Activar”.
Desde el momento que active la clave tendrá acceso a todas las consultas del portal sobre cupones, certificados, monto que cobrará, actualizar los datos, hacer sugerencias y reclamos, peticiones o quejas.
Atención Personalizada
El Consorcio Fopep en virtud de conocer cuáles son las necesidades todos los pensionados o beneficiarios de su sistema también dispone de una vía de atención personalizada para que cada persona que tenga alguna duda pueda ser atendida a través de un teléfono. Si usted necesita tener una comunicación directa con asesores del Consorcio puede usar el número telefónico (+571) 319 88 20, atienden en horario de lunes a viernes desde las 8 de la mañana hasta las 6 de la tarde.
Con el personal que le atienda pueden obtener información más detallada sobre dudas como cuál es el cronograma de cancelación de las pensiones, si usted está en la nómina, estatus de reportes por reclamos de pagos, etc.; para eso debe tener su número de identificación.
Tipos de Pensiones
Existen varios tipos de pensiones que se encuentran afiliadas al sistema del Consorcio Fopep, las cuales están establecidas en el sistema de pensiones que establecen las leyes colombianas para todos los empleados del sector público. Estas son las siguientes:
Pensión de Jubilación o Vejez
Es la pensión que se otorga a la persona que cumple con la edad establecida y los años de servicio, en la legislación laboral de Colombia. El límite de edad ha ido modificándose por ley a través de los años, en la actualidad ésta se encuentra en 62 años para los hombres y de 57 para las mujeres. Igualmente ha sucedido con el tiempo de servicio, cada trabajador, sea hombre o mujer, debe cotizar hoy día 1300 cotizaciones semanales para indicar que ha cumplido con el tiempo previsto para obtener el beneficio de una pensión de vejez.
Requisitos para la Pensión por Vejez
Los requisitos para optar a una pensión de vejez aparte de la edad y número de cotizaciones, se establece en la consignación de algunos documentos como son:
Formulario único de prestaciones: este formato debe ser en original y debe tener escrita toda la información personal del trabajador, entre los que están los datos de la empresa en donde prestó servicios, cuántos años estuvo trabajando (en caso de ser varias empresas debe proporcionar toda la información correspondiente).
Documento de Identidad: una copia de la documentación de identidad que esté vigente, ampliada al 150%, por el lado anverso y reverso.
Cédula de Ciudadanía: Aquel ciudadano que tenga la cédula de ciudadanía debe consignar la copia de este documento en formato amarillo y con los hologramas, lo cual está dispuesto en el Decreto 4969 del año 2009.
Acta de Nacimiento: Copia del acta de nacimiento para las personas nacidas después del año 1938. Para las personas que tengan el Registro Civil de Nacimiento deben llevar una copia del mismo que esté autenticada (debe ser llevada la Notaria en donde el aspirante a la pensión haya sido registrado) y copia de la Partida de Bautismo que esté tramitada por la capilla en donde se haya efectuado el acto eclesial.
Certificado de información laboral: este debe ser con el formato que tiene el sistema de Certificación Electrónica del Tiempo Laboral (CETIL).
Certificado de factores Salariales: este debe ser llevado impreso y estar en el formato que emite el sistema de certificación electrónica que mencionamos anteriormente en donde se detallen los factores de salario en los últimos diez años del trabajador, y si fue en varios organismos colocar los nombres de los mismos.
Pensión Convencional
Esta es una prestación económica que está dentro de las convenciones colectivas de trabajo, en ellas existen diversos lapsos de tiempo y edades en las que se puede disfrutar del beneficio. Corresponde a todos los trabajadores que tengan los requisitos que se establecen en las convenciones colectivas de sus empresas. Los requisitos para este tipo de pensiones son los mismos que corresponden a una pensiona de vejez.
Designaciones en Vida
Una designación en vida es cuando un pensionado estipula por escrito quién será la persona que se beneficie de la pensión en caso de su fallecimiento. Esta corresponde a una medida sustitutiva en caso de muerte del pensionado, para realizar este trámite el pensionado debe consignar esta documentación:
Formulario Único de Prestaciones: este debe ser original, contener toda la información personal y de la otra persona a quien está dejando como su beneficiario.
Certificación por escrito: con el nombre de la persona que el pensionado esta designando como su beneficiario en vida (cabe destacar que puede dejar a más de una persona como beneficiario), en caso de su posible muerte, este debe tener la huella digital y firma del pensionado. Si éste es un familiar directo, como en el caso de cónyuge o compañero (a) de vida de manera permanente, entonces debe consignar también:
- Fotocopia del documento de identificación de la persona ampliada al 150% por ambos lados del documento.
- Registro de nacimiento.
- Acta de matrimonio de un Registro Civil. En caso de parejas no casadas la Declaración original bajo fe de juramento en donde se establece la relación conyugal, filial o parental con el beneficiario firmada y con huellas dactilares.
- Partida eclesiástica autenticada del matrimonio efectuado.
Si la persona beneficiaria es un hijo a hija debe hacer la consignación de la partida de nacimiento del Registro Civil, si es un hijo extramatrimonial la partida debe venir con la nota marginal de reconocimiento además de la copia del documento de identificación al 150% por ambos lados. Si los hijos están en la edad entre 18 a 25 años deben consignar el documento o certificado de estudiante que haya sido emitido por el instituto educativo de cualquier nivel que esté autorizado por el Ministerio de Educación.
Además también deben anexar la certificación de persona jurídica, privada o pública, del instituto donde estudia el hijo, que indique el cargo que desempeña la persona y cuánto tiempo lleva en ese cargo. Otros documentos que debe entregar son las notas certificadas de las materias, el dictamen de invalidez (en caso de tener alguna discapacidad) y la constancia de la ejecutoria del mismo.
Sustitución de la Pensión
En el caso de esta solicitud, el proceso se hace cuando muere un pensionado, y se hace el reconocimiento de los beneficiarios que el propio pensionado haya dejado en la documentación para recibir el pago. En este caso la documentación a consignar es la siguiente:
- Formulario Único de Prestaciones.
- Acta de Defunción del Registro Civil.
- Copia de la tramitación de traspaso.
- Certificación de la designación en vida.
Auxilio Funerario
Es una prestación de ayuda que se otorga en caso de muerte de un pensionado, este se entrega a la persona correspondiente que haya realizado el pago de los gastos funerarios y de entierro. Para esta prestación deben hacer la consignación de la siguiente documentación:
- Formulario Único de Prestaciones
- Copia de la cédula de identidad de la persona que está haciendo la solicitud de la prestación de auxilio funerario.
- Factura original y copia de los gastos funerarios.
- Certificación del representante legal de la persona jurídica.
- Constancia del plan de las exequias y de la contratación.
Si existe alguna solicitud que se encuentra en un fallo judicial, el solicitante debe consignar las copias del fallo judicial, sentencias en todas las instancias que se hayan realizado en el proceso judicial, cancelación de los costos procesales, y la copia de la constancia del fallo que indique la fecha en que se ejecutó el fallo.
Certificado de Pensiones
Es un documento que sirve para avalar que la persona que lo tiene es un pensionado asistido por Fopep. El procedimiento para obtenerlo es muy sencillo y se hace a través del sistema en línea, ingresando al portal web del Consorcio Fopep y dirigirse a la sección de “Certificados y cupones de pago”, al ingresar le pedirá que proporciones todos los datos personales sin ningún error y hacer el registro.
Con el certificado usted puede hacer una demostración de cuántos son sus ingresos y sus retenciones, indicando el lapso de tiempo, una vez que ya lo haya realizado entonces puede hacer la descarga del documento y su impresión. En caso de no tener conocimiento de cómo usar una computadora se puede hacer la solicitud del mismo en la sede del Consorcio Fopep.
Esta sede se encuentra ubicada en la Torre Bancolombia, piso 8, cra 7, N° 31-10, Bogotá, Colombia. Atiende desde las 8 de la mañana hasta las 4 de la tarde (Horario corrido). Esta oficina tiene capacidad para atender 80 personas, con un sistema de turnos digitales con cuatro ventanas de atención personal, además cuenta con dos módulos para radicación de correspondencia y tres estaciones de atención telefónica.
Otra opción es dirigiéndose a la Taquilla de FOPEP que se encuentra en La Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales UGPP, Calle 19, N° 68A-18, en la ciudad de Bogotá, Colombia en donde atienden en horario corrido de 7 de la mañana a 4 de la tarde.
Toda la organización tiene un listado de los trámites y servicios que se relacionan con los ingresos que son colocados en las respectivas cuentas y pagando lo que es el monto exacto que cada beneficiario debe tener. El personal de estas instalaciones está totalmente capacitado y especializado para la atención de los pensionados en cualquier trámite y en los pasos que deben seguir para solucionar sus dudas o inconvenientes. Como una manera de protección de los activos del Fondo de Pensiones Públicas, toda la información referente a su pensión y su monto solamente es proporcionada a los beneficiarios de las mismas.
De manera general los gerentes generales del Centro de Atención al Ciudadano de la Unidad, pueden dar muy buena información en lo que respecta al marco normativo que tiene no solo la organización, sino también sus funciones y procesos, que la han llevado a funcionar como un organismo adjunto a la Dirección de Parafiscales, que se encarga de hacer una oportuna y adecuada liquidación sobre el pago de las contribuciones que se refieren a la protección social de los beneficiarios de Fopep.
¿Qué hace falta para Tramitar un Certificado?
Para hacer la solicitud del certificado en persona debe tener consigo su documento de Identidad, este debe estar vigente, además también debe tener el certificado de pensión en trámite o en curso (es un documento que sirve de aval para indicar que usted solicitó la pensión y está en espera de su reconocimiento debido a que está en etapa de proceso de análisis y estudio).
Si un ciudadano colombiano pensionado se encuentra en el extranjero, puede hacer la solicitud en línea a través del portal que La Unidad ha dispuesto, solo selección la opción de “Trámites y Servicios”, en donde encontrará la opción de certificación y siga con los pasos, los cuales son bastante sencillos de seguir. El documento que se genere le será enviado a su correo electrónico.
Certificado de no Pensión
Esta constancia es diferente de la anterior porque en vez de decir que el pensionado está cobrando una pensión, indica que el mismo aún no ha realizado el trámite correspondiente para reconocer su pensión. Al igual que el caso anterior se puede hacer su solicitud en línea o en persona en cualquier de las dos sedes que ya indicamos, con solo presentar el documento de identidad.
Certificado de Pensión de Trámite en Curso
Con este documento que puede solicitar en la agencia de Fopep se hacen un reconocimiento que una persona ha buscado la manera de ser reconocido como beneficiario de una pensión, la cual se encuentra en ese momento bajo estudio y consideración, por lo que la persona debe ir en persona a alguno de los puntos de atención que ya mencionamos.
Certificado de Supervivencia Fopep
Ningún pensionado que se encuentre en territorio colombiano debe hacer la presentación de una fe de vida, esta quedó exonerada desde el año 2012, debido a que cuando se hace el cruce con la Registraduría Nacional ya se hace la verificación de su supervivencia.
Sin embargo aquellos pensionados que están fuera de Colombia de manera permanente si deben hacer obligatoriamente la consignación de una fe de vida o certificado de supervivencia, antes que culmine el periodo de pago, este se debe entregar cada cinco o seis meses a través del Sistema General de Seguridad Integral, que estableció el Decreto 019, art. 22, del año 2012.
Pagos en el Exterior
El trámite para efectuar los pagos al exterior es por medio de un giro que se hace a través del Banco Caja Social, para que esto se efectúe el beneficiario debe tramitar el formato de “Formulario Autorización Giros al exterior Autorelleno” que puede conseguir en el sistema en línea, llenarlo, imprimirlo, firmarlo y después enviarlo a la Oficina de Fopep.
Este formato se debe llenar en todas sus casillas, y será el beneficiario quien pague por el costo de la comisión por giro del pago de la pensión a una cuenta en el exterior por medio del banco antes mencionado, esta comisión tiene un costo de 8 dólares por cada pago que se realice. En el formulario usted puede disponer que el pago se haga mensual o trimestralmente.
Además también debe indicar de manera clara que tipo de cuenta tiene en el exterior, sucursal del banco, numero de la cuenta, código SWITF o CHIP, código IBAN o Código ABA. Esta certificación debe estar expedida con el tipo de documento y numero que está reportado en la nómina de pensionados de Fopep.
También debe estar marcado en el sistema como residente en el extranjero, por lo que debe hacer el certificado de supervivencia que se expide en el consulado colombiano del país en donde resida y notariarlo con apostillamiento para que pueda hacer la respectiva marcación y enviarlo cada cinco o seis meses a la página web de Fopep, en la opción de “Contáctenos PQRSD”, diligencie todo los campos y adjunte el certificado en formato PDF, cuando cargue el mismo de clic en “Enviar”.
Validación del Certificado Fopep
Para hacer una validación del Certificado se debe ingresar al portal Fopep y buscar esta opción “Validación de Pago”. Allí usted puede no solamente validar, sino también comprobar y verificar los certificados, valor de la pensión, ingresos, retenciones y cupones de pago. Este certificado puede pedirse de acuerdo a sus necesidades, solo ingrese el código del certificado y de clic en “Verificar”.
Beneficios del Consorcio Fopep
Cuando se es pensionado de Fopep, se adquieren una serie de beneficios, entre ellas están que el pensionado puede estar tranquilo y seguro porque los recursos financieros les van a llegar de una manera rápida y sencilla el día de pago asignado en el cronograma. Estos pagos se hacen de manera puntual cada mes y sin contratiempos.
Se pueden encontrar casos esporádicos que un pensionado no pueda hacer el cobro de su pensión en el día estipulado en las entidades financieras, por lo general estas cuentas son aperturadas bajo autorización del propio Consorcio Fopep para que se hagan los pagos de nómina. Cuando un beneficiario apertura esta cuenta hace el cobro de la pensión en cualquiera de los puntos o cajeros que estén más cercanos a su residencia, sin necesidad de hacer autorizaciones a terceras personas para retirar el dinero.
Además también puede contar con la ventaja de poder administrar su dinero de la manera que lo desee, haciendo retiros parciales o totales de una manera sencilla y segura. Puede disminuir el uso de dinero en efectivo, pues le es entregada una tarjeta de débito gratuita al momento en que hace la apertura de cuenta. Puede hacer compras en cualquiera de los establecimientos que se encuentren afiliados a la tarjeta, dentro del país y por medio de los puntos de venta.
El cobro de la pensión lo puede hacer desde cualquier banco, en cualquier lugar del país con solo presentar su documento de identidad. Si lo desea puede hacer ahorro de su pensión en los meses que lo considere sin que el mismo se regrese a las cuentas del Consorcio Fopep, esto no presenta ninguna dificultad o consecuencias posteriores, algunas personas creen que la pensión puede ser suspendida si no es cobrada, y en verdad no es así.
Usted puede seguir cobrando el pago de su pensión y de cualquier otro aporte de salud o de las EPS sin ninguna interrupción, y disfrutar de una atención en cualquier servicio de salud. Como puede ser atendido en cualquiera de las sucursales no es necesario que se levante de madrugada o hacer largas colas para cobrar y no perderá mucho tiempo en hacer el cobro en las agencias bancarias.
¿Cuáles son las Entidades Financieras que hacen los Pagos de Fopep?
Los bancos que tienen autorización del Consorcio Fopep para hacer los pagos de las nóminas de pensiones son Banco Agrario, Davivienda, Banco Popular, Bancolombia, Banco Caja Social, Colpatria, BBVO, Banco AV Vilas. Cada entidad está autorizada a hacer dos aperturas de cuentas a nombre del pensionado, una de ellas es para el depósito y retiro de la pensión, y la otra es una cuenta ahorros en donde puede transferir el dinero en caso de no querer usarlo al momento, estos instrumentos están libres del pago de 4 x 1000.
Notificación por conducta
Las notificaciones que hace Fopep sobre otorgamiento de pensiones pueden tener algún error en el proceso que hace la administración del fondo, esto quiere decir que se pueden hacer notificaciones que no tenga relación con el beneficiario y con el contenido que tiene un acto administrativo como el otorgamiento de una pensión, en otras palabras que esta persona desconoce la naturaleza del acto administrativo. Es muy diferente cuando se hace una notificación personal o que sale por un edicto, en este caso la conducta implica que el administrado conoce la existencia del acto y el contenido de la Resolución.
En este sentido un peticionario no requiere de solicitar una copia del acto administrativo, dejando que al momento de presentarse la situación este escrito se envíe a la sección de derechos de petición para que se atienda la solicitud, las personas encargadas deben estar en contacto con la parte que debe ser notificada, para que ésta pueda enviar al usuario el acto administrativo, el cual debe recibir una vez que se haya fijado el edicto.
Si el posible beneficiario desea expresarse por medio de un comunicado, en el que destaca la notificación por conducta terminante, esta se tomaría como si él estuviera realizando una autorización por medio de un tercer medio para que dé pie a recibir la copia del acto administrativo, en este caso el comunicado debe ser radicado o enviado al Centro de Atención al Ciudadano de la UGPP.
De esta manera lograrán recibir la respuesta que se orientará a dar una explicación del motivo de porque la notificación no es procedente motivado a la conducta terminante, por tanto no puede haber una expedición de copia del acto administrativo hasta que la misma no se corresponda con el proceso de notificación si esta ha sido llevada por una tercera persona, en tal caso solo procede si es un abogado titular con un poder notariado quien ejerce las funciones del beneficiario y que éste ha dispuesto para este fin.
¿Se puede interponer un Recurso de Reposición?
Si se puede interponer un Recurso de Reposición, si en algún momento la persona interesada en la pensión no se encuentra conforme en los términos y condiciones que le han otorgado el monto de la pensión por parte de la organización. En este caso se debe proceder a hacer un alcance de las cifras que estén estimadas en la resolución o acto administrativo, verificando con detalle el monto de la prestación.
El recurso de Reposición se hace en contra del acto administrativo, justo en el momento en que se hace la notificación personal hasta siete días después de haber recibido la misma, siempre haciéndose por escrito y explicando los motivos o razones por las cuales no está conforme con el acto administrativo impuesto y que es sometido a su consideración.
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